Preguntas Frecuentes - Tribunal de Demandas Pequeñas
¿Qué constituye
un caso de demanda pequeña?
Un caso de demanda pequeña es una acción legal
presentada formalmente ante el tribunal del condado para resolver
disputas legales menores que existan entre diversas partes, donde
la cantidad involucrada en dólares es menor o igual a
$5000 excluyendo los costos, intereses y honorarios de abogado.
¿Necesito un abogado?
No, no es necesario tener un abogado. El Tribunal de Demandas
Pequeñas es considerado “el tribunal del pueblo” y
no se requiere un abogado. El personal de la Secretaría
del Tribunal le proporcionará los formularios necesarios
para presentar formalmente un caso de demanda pequeña.

¿Dónde puedo
presentar formalmente un caso de demanda pequeña?
Ud. puede presentar formalmente un caso de demanda pequeña
en la División Civil de la Secretaría del Tribunal,
ubicada en las siguientes oficinas:
- 425 N. Orange Avenue, Oficina 350, Orlando;
- 450 N. Lakemont
Avenue, Winter Park;
- 1111 N. Rocksprings Road, Apopka; y
- 475 W. Story Road, Ocoee.
¿Quién
puede presentar formalmente un caso de demanda pequeña?
Las personas mayores de dieciocho (18) años o cualquier
individuo que realice negocios como compañía puede
presentar formalmente un caso de demanda pequeña. Los
padres o guardianes pueden presentar formalmente la demanda por
parte de un niño menor de edad. Cada persona que forme
parte de la demanda debe firmar los documentos necesarios.

¿Cuánto
cuesta presentar formalmente un caso de demanda pequeña?
Los costos de presentación formal de una demanda pequeña
son establecidos por la Ley de la Florida y por ordenanzas del
Condado de Orange. Están sujetas a cambio mediante acciones
legislativas. Los costos también varían dependiendo
de la cantidad demanda en dólares y el tipo de acción.
Existen costos adicionales requeridos para el servicio de entrega
directa de la demanda a la parte que Ud. esta demandando; estos
costos dependerán del tipo de servicio que Ud. seleccione.
Consulte los Costos
de presentación formal para ver una
lista actualizada.

¿Qué información
necesito para presentar formalmente un caso de demanda pequeña?
Es importante que Ud. presente su reclamo contra la parte correcta.
El tiempo adicional que Ud. dedica a investigar del nombre correcto
de la persona o negocio que Ud. esta demandando podría
determinar si Ud. podrá cobrar o no, en caso que el tribunal
dicte un veredicto a su favor.
Ud. debe darle a cada persona que esta demandando, así como
al tribunal, copia de cualquier contrato, apuntes, contratos
de arrendamiento, recibos, o cualquier otra evidencia que Ud.
tenga como apoyo de su demanda. Ud. debe traer los originales
cuando se presente ante el tribunal por primera vez. Será necesario
que presente una explicación completa de sus razones para
presentar la demanda. Ud. quizás desee escribir esta explicación
en su casa y traerla a la Secretaría del Tribunal para
iniciar su caso de demanda pequeña.
¿Hay otros
requisitos?
Cuando Ud. demanda a alguna persona que no sea un individuo, hace
falta información adicional para completar los formularios
necesarios. Algunas preguntas pueden incluir:
- ¿Ud. esta demandando a un individuo que realiza
negocios como un compañía?;
- ¿Esta demandando
a una corporación y, en tal caso,
se ha registrado formalmente como tal?; y
- ¿Esta Ud. demandando a una empresa aseguradora?
IEs importante que Ud. investigue esta información cuidadosamente. 
¿ Qué sucede
después de presentar formalmente mi caso de demanda
pequeña?
Después que Ud. presente formalmente su caso de demanda
pequeña, a cada persona o negocio que Ud. esta demandando
se le debe presentar directamente una Citación/Notificación
para que se presente al tribunal en la fecha y hora programada
cuando Ud. presento formalmente su demanda. Esta fecha de tribunal
será una mediación/conferencia previa al juicio,
y Ud. debe estar preparado para presentar su caso ante el tribunal.
En caso que la disputa no sea finalizada en la mediación/conferencia
previa al juicio, el tribunal programará una fecha para
el juicio donde se escuchará su caso. Ud. debe presentarse
al juicio con todos los testigos y la documentación de su
demanda.
En el juicio, Ud. tendrá la oportunidad de explicar su
caso ante el Juez, pedirle a la(s) persona(s) que Ud. esta demandado
que responda(n) sus preguntas relacionadas con la demanda, podrá presentar
su documentación tal y como se discutió en la mediación/conferencia
previa al juicio, y podrá llamar a sus testigos para ayudarlo
a explicar el caso.

¿Puedo
tener un juicio con jurado para mi caso de demanda pequeña?
Sí. Un juicio con jurado puede ser solicitado por la persona
que presente formalmente el caso de demanda pequeña (el(los)
demandante(s)) mediante solicitud por escrito al momento de presentar
formalmente el caso. La persona que esta siendo demandada (el(los)
defensor(es)) puede solicitar un juicio mediante jurado dentro
de los cinco días subsiguientes a la fecha en que se le
presentó directamente la Notificación para Comparecer,
o durante la mediación/conferencia previa al juicio.

¿Qué sucede
con mi caso luego que se llegue a un arreglo?
Si durante el transcurso del proceso judicial, se llega a un arreglo
entre las partes, el demandante (la persona que presentó formalmente
la demanda) debe notificarle por escrito a la Secretaría
del Tribunal lo relativo a dicho acuerdo.

¿Cómo puedo
cobrar lo estipulado en mi veredicto?
La corte no cobra por cuenta suya el dinero relacionado con los
daños. Quizás Ud. desee consultar a un abogado para
que le oriente sobre como cobrar lo estipulado en el veredicto.
Ud. puede obtener una hoja informativa sobre el cobro de lo estipulado
en los veredictos en la División Civil de la Secretaría
del Tribunal ubicada en las siguientes oficinas:
- 425 N. Orange Avenue, Oficina 350, Orlando;
- 450 N. Lakemont Avenue, Winter Park;
- 1111 N. Rocksprings Road,
Apopka; y
- 475 W. Story Road, Ocoee.

¿Puedo presentar formalmente
un embargo contra la propiedad de la parte defensora?
Si se dicta un veredicto a su favor, Ud. puede optar por colocarle
un embargo judicial contra cualquier propiedad real que le pertenezca
individualmente al defensor. Ud. debe obtener una copia certificada
de su veredicto por parte de la División Civil de la Secretaría
del Tribunal. Luego, Ud. podrá llevarle la copia certificada
del veredicto al departamento de Registros Oficiales del Auditor
del Condado de Orange para que lo registren en los registros oficiales.
Ud. también puede registrar el veredicto en otros condados. |